Contrato de trabajo firmado para arraigo sociolaboral en Vigo

Tu contrato decide el arraigo sociolaboral, y estos errores lo tumban

Llevar dos años en España no basta para conseguir el arraigo sociolaboral: el expediente se gana o se pierde con el contrato. Una jornada corta, un salario por debajo del convenio o una empresa con deudas pueden bastar para recibir una denegación.

En esta autorización, el contrato de trabajo es la prueba central de tu solicitud. Conviene revisarlo antes de presentar nada.

Repasamos qué exige el Reglamento de Extranjería, qué debe acreditar la empresa y cuáles son los errores que más pesan en una resolución desfavorable.

Qué es el arraigo sociolaboral y a quién va dirigido

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Está regulada en el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025.

Va dirigida a quien lleva al menos dos años en España y cuenta con uno o varios contratos de trabajo. Dura un año y lleva aparejada autorización para trabajar por cuenta propia o ajena.

El Ministerio de Inclusión resume el trámite en su Hoja informativa 29. Si no tienes contrato, quizá encaje mejor el arraigo social, que sigue otras reglas.

Requisitos generales que se revisan antes de mirar el contrato

El artículo 126 exige que se cumplan de forma acumulativa los siguientes requisitos:

  • Estar en España y no ser solicitante de protección internacional durante el trámite.
  • Haber permanecido de forma continuada dos años antes de presentar la solicitud.
  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido los últimos cinco años.
  • Haber pagado la tasa del procedimiento.
  • No ser titular de una autorización de estancia o residencia, ni tener en trámite un procedimiento para obtenerla, prorrogarla, renovarla o modificarla.

Este último requisito lo añadió el Real Decreto 316/2026, en vigor desde el 16 de abril de 2026. Revisa si tienes algún expediente abierto antes de presentar.

Antecedentes penales: si llevas cinco años seguidos en España, no hace falta acreditar que no tienes antecedentes en terceros países. La oficina de extranjería recaba de oficio los antecedentes en España.

Empleadora revisando documentacion de la empresa para arraigo sociolaboral

Qué contrato exige el arraigo sociolaboral

Jornada y salario

El artículo 127.b) pide uno o varios contratos que garanticen, en el momento de la solicitud, el salario mínimo interprofesional o el del convenio colectivo, en proporción a la jornada.

Además, la suma de las jornadas debe representar al menos veinte horas semanales en cómputo global.

La Dirección General de Gestión Migratoria publicó un criterio interpretativo sobre el cómputo global (19 de febrero de 2025). Indica que ese cómputo puede calcularse sobre la duración total del contrato.

Cuándo se admiten varios contratos

Se pueden presentar varios contratos solo en dos supuestos:

  • Trabajos de temporada: dos o más contratos, con distintos empleadores y concatenados.
  • Trabajo parcial y simultáneo para más de un empleador, en la misma o en distinta ocupación.

Varios contratos solo suman cuando encajan en uno de los dos supuestos admitidos.

Qué debe acreditar la empresa

El empleador debe cumplir los requisitos del artículo 74 del Reglamento, salvo la situación nacional de empleo. En la práctica, la empresa necesita:

  • Un contrato firmado por ambas partes, ajustado a la normativa y al convenio de su actividad.
  • Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
  • Medios económicos, materiales o personales suficientes para cumplir el contrato.
  • Que la persona trabajadora tenga la capacitación o la cualificación exigida para la profesión.

La Hoja 29 recoge como prueba de solvencia las declaraciones de IRPF, IVA o Impuesto de Sociedades, o el informe de vida laboral de la empresa. Las obligaciones de alta y cotización se explican en el portal de empresarios de la Seguridad Social.

Empresa y trabajador: antes de firmar, conviene repasar los requisitos para contratar a un extranjero no comunitario. Un contrato mal planteado puede retrasar el expediente.

Errores que acaban en denegación

Estos fallos ponen en riesgo un expediente de arraigo sociolaboral:

  1. Jornada insuficiente: el contrato, o la suma de varios, no llega a las veinte horas semanales en cómputo global.
  2. Salario por debajo del mínimo: la retribución no alcanza el SMI o el convenio en proporción a la jornada.
  3. Varios contratos fuera de supuesto: se aportan sin ser de temporada ni simultáneos.
  4. Empresa con deudas o sin solvencia acreditada: falta estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o probar que puede asumir el contrato.
  5. Dos años mal probados: la permanencia continuada tiene huecos o los documentos no cubren todo el periodo.
  6. Antecedentes penales sin legalizar o sin traducir: los documentos extranjeros necesitan traducción jurada y legalización o apostilla, salvo excepciones.
  7. Otro procedimiento abierto: existe una solicitud de estancia o residencia en trámite.
  8. Requerimiento sin contestar: si falta documentación, la oficina concede un plazo de subsanación de hasta quince días. Si no se atiende, se te tiene por desistido y se archiva el expediente.

Extranjero preparando documentos de la solicitud de arraigo sociolaboral

Un detalle del contrato que se podía corregir antes de presentar puede costar todo el expediente.

Qué pasa mientras se tramita y cuando se concede

Cuando la solicitud se admite a trámite, quedas habilitado provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva.

La Administración dispone de tres meses desde la entrada en el registro. Si no notifica en ese plazo, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.

Si se concede, la autorización solo es eficaz si te das de alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación. En ese mismo mes debes solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero.

Prórroga: la autorización dura un año. Para prorrogarla se exige, con carácter general, acreditar búsqueda activa de empleo e inscripción en el servicio público de empleo, salvo causas justificadas como enfermedad o discapacidad.

Qué hacer si te deniegan o tienes dudas con el contrato

Contra una resolución expresa cabe recurso de reposición en un mes, conforme a la Ley 39/2015, o recurso contencioso-administrativo en dos meses. Son plazos cortos que empiezan a contar desde la notificación.

Si el contrato aún no está firmado o la denegación ya llegó, conviene revisar el caso con tiempo. En nuestro despacho valoramos tu situación antes de iniciar cualquier trámite.

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Preguntas Frecuentes sobre el arraigo sociolaboral

¿Cuántas horas tiene que tener el contrato para el arraigo sociolaboral?

El contrato, o la suma de varios, debe representar una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global. Además, tiene que garantizar en el momento de la solicitud el salario mínimo interprofesional o el que fije el convenio colectivo aplicable, en proporción a la jornada trabajada.

¿Puedo presentar varios contratos con distintas empresas?

Sí, pero solo en dos supuestos: trabajos de temporada, con dos o más contratos concatenados de distintos empleadores, o trabajo parcial y simultáneo para más de un empleador, en la misma o en distinta ocupación. En ambos casos, la suma de las jornadas debe alcanzar las veinte horas semanales.

¿Puedo trabajar mientras resuelven mi solicitud de arraigo sociolaboral?

Sí. Cuando la solicitud se admite a trámite, la persona solicitante queda habilitada provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena hasta que se resuelva el procedimiento. La comunicación de inicio debe indicarlo. Si después se concede la autorización, hay que darse de alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes.

¿Qué ocurre si mi empresa tiene deudas con Hacienda o con la Seguridad Social?

La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y contar con medios suficientes para cumplir el contrato. Si no puede acreditarlo, el expediente queda expuesto a una denegación. Conviene revisar su situación antes de presentar la solicitud y, si hace falta, regularizarla.

¿Qué puedo hacer si me deniegan el arraigo sociolaboral?

Se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde la notificación de la resolución expresa. Si hubo silencio administrativo, los plazos se calculan de otra forma. Por eso conviene que una abogada de extranjería revise la resolución cuanto antes.